Ir al contenido principal

El Derecho Objetivo lo podemos definir como el tecnicismo que puede usarse para designar tanto un precepto aislado como un conjunto de normas, o todo incluso un sistema jurídico. 

El Derecho Subjetivo recibe ese nombre porque se refiere al sujeto, a la persona, a la que se otorga la facultad (sí, el derecho), que le otorga la norma jurídica (el Derecho objetivo).

El Derecho Positivo que rige en un  momento histórico determinado recibe el nombre de Derecho Vigente, Por lo tanto el Derecho Positivo es el conjunto de normas creadas de acuerdo con los procedimientos por una autoridad soberana competente que rigen en un momento y lugar histórico. 

Cuando hablamos del conjunto de principios morales previos a cualquier autoridad que rige en cualquier lugar y momento de la historia, estamos hablando del Derecho Natural.


Comentarios

Entradas populares de este blog

¡¡Hola!! Para introducirse en el tema deberán leer nuevamente la página 18-19 sobre "Normas Morales y Jurídicas", luego observar y analizar el cuadro para comentar debajo una reflexión o definición personal. 
  ¡Hola!  AQUÍ LES DEJO OTRAACTIVIDAD DOMICILIARIA.  Deberán observar la siguiente viñeta por Quino, también pueden visualizarla en las fotocopias del material de Derecho.  En relación a la lectura previa realizada en clase sobre “Las asimetrías en el mercado laboral”, deberán realizar una reflexión personal de lo analizado. ¡Suerte!

TRABAJAMOS CON ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE

RESUMEN: Objeto de derecho: El Derecho tiene por objetivo un orden para promover la convivencia pacífica y la vida digna de los seres humanos. Nos indica cuándo comienza la existencia de las personas y cuándo termina, se manifiesta hasta en las actividades más simples de nuestra vida cotidiana que son regidas por las normas jurídicas. Estas situaciones son reguladas por el Derecho ya que impide el caos en la sociedad. “Ejercitar el derecho en forma absoluta implica un prejuicio al derecho o interés de nuestros semejantes”. ·          Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad y la humanidad. ·          Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común en una sociedad democrática. En la actualidad, este principio fue receptado por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación entró en vigencia el 1 de Agosto de