Derecho Objetivo, Subjetivo, Vigente, Positivo y Natural El Derecho Objetivo lo podemos definir como el tecnicismo que puede usarse para designar tanto un precepto aislado como un conjunto de normas, o todo incluso un sistema jurídico. El Derecho Subjetivo recibe ese nombre porque se refiere al sujeto, a la persona, a la que se otorga la facultad (sí, el derecho), que le otorga la norma jurídica (el Derecho objetivo). El Derecho Positivo que rige en un momento histórico determinado recibe el nombre de Derecho Vigente, Por lo tanto el Derecho Positivo es el conjunto de normas creadas de acuerdo con los procedimientos por una autoridad soberana competente que rigen en un momento y lugar histórico. Cuando hablamos del conjunto de principios morales previos a cualquier autoridad que rige en cualquier lugar y momento de la historia, estamos hablando del Derecho Natural. ...